La LISI: avances tímidos y decepción
La polémica estuvo en primera plana hasta su debate y aprobación; al final, la Ley de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información (LISI) fue aprobada tal y como llegó al Congreso, canon digital incluido.
Las oportunidades hay que saber aprovecharlas cuando surgen y en esta ocasión se ha perdido la posibilidad de orientar la politica hacia la sociedad red, el conocimiento distribuido y la culturización desde la libertad de expresión. Insuficiente es a todas luces el impulso de difusión de herramientas de software libre desde las administraciones públicas, ya que ésto no es necesariamente lo mismo que impulsar (o mejor aún, garantizar) el uso de software libre desde las entidades públicas.
Reacciones enfrentadas provoca este texto legal. Desde el análisis sobre los ejes del nuevo mundo a los comentarios y reacciones más airadas a otras lecturas más complacientes con la LISI.
En una parte de la balanza de la LISI se encuentra el planteamiento de garantizar el acceso universal a la anda ancha antes del 31 de diciembre del 2008 y considerar que todos los contenidos digitales de las administraciones públicas serán considerados como de dominio público, “sin restricciones tecnológicas para su uso, copia o distribución”, siempre que se cite la autoría y se distribuyan en los mismos términos, en un acercamiento a las licencias ‘copyleft’. ¡Bien!
Por otra parte, como dice este bufet, “el artículo 11 de la LISI posibilita a entidades administrativas el bloqueo de contenidos en la Red, siempre que no vulneren la libertad de expresión. No obstante, lo que no queda claro es quién decide esto último, ya que en ningún momento se especifica que sea un juez quien decide esto”. ¡Decepcionante! que la Ley deje abierta la puerta a la arbitariedad sobre la libertad de expresión y que cualquier instancia administrativa pueda bloquear un web
Y una paradoja en sí misma, el hecho que la LISI reconozca la cesión libre de contenidos por parte de personas físicas o jurídicas, es decir que cad apersona autora pueda expresamente ceder los derechos de explotación de cualquiera de sus obras ¡Faltaría más!
Recupero un breve texto que escribí hace ya algo de tiempo y que viene a cuento de este post: Copia sabrosona
En realidad, Carmen, el Dominio Público es la única solución, copyleft es una marca ya sin significado. Se la han cargado a base de licencias non-commercial y non-derivatives… vamos, la ha parasitado hasta matarla Creative Commons.
Pero que te voy a decir si tú también estás en Dominio Público… 🙂
Feliz Año, hermana!
sastamente, bro!
:p
Feliz año!!